Garantías electorales vuelven al centro del debate por actos de campaña en la recta final presidencial

La polémica por eventos de campaña, contratación estatal y participación de funcionarios públicos marca el cierre de la contienda presidencial

A cinco días de las elecciones presidenciales, las garantías electorales volvieron al centro de la discusión pública por varios hechos que aumentaron la tensión política en el cierre de la campaña. Eventos con alta asistencia, señalamientos por presunta intervención de funcionarios y cuestionamientos por contratación estatal antes de las restricciones legales abrieron una nueva discusión sobre el alcance de las normas vigentes y la capacidad de las autoridades para hacerlas cumplir.

El debate no se limita a un solo episodio. En los últimos días, distintos sectores políticos han puesto la lupa sobre las intervenciones del presidente Gustavo Petro en asuntos relacionados con la contienda, la realización de actos de campaña durante el periodo de restricciones y el incremento de la contratación estatal antes de la entrada en vigor de la Ley de Garantías. Según la información conocida, la contratación llegó a 14 billones de pesos, una cifra superior a los 8 billones reportados en enero de 2022.

En medio de este escenario, expertos consultados sostienen posiciones distintas. Algunos consideran que la normativa presenta zonas grises, especialmente al momento de definir qué tipo de evento puede considerarse público o privado. Otros, en cambio, afirman que el problema no surge por falta de reglas, sino por debilidades en la vigilancia y en la reacción oportuna de las instituciones competentes.

Garantías electorales y actos de campaña bajo revisión

Uno de los hechos que generó mayor controversia ocurrió el lunes 25 de mayo, fecha en la que empezó a regir la prohibición de realizar actos públicos multitudinarios de campaña. La restricción aparece en el decreto 0188 de 2026 del Ministerio del Interior, que estableció que, entre el lunes 25 de mayo y el lunes 1 de junio, los actos de carácter político solo podían realizarse en recintos cerrados.

La interpretación de esa norma abrió el principal punto de discusión. Para algunos expertos, la expresión “recintos cerrados” no solo describe el espacio físico, sino también la naturaleza del evento. Desde esa lectura, el acto debe tener un carácter privado, con acceso limitado y sin convocatoria abierta a la ciudadanía. Esa diferencia resulta clave para evaluar si una reunión política cumple o no con las restricciones de la última semana de campaña.

En ese contexto, el candidato presidencial Iván Cepeda participó en un evento político en la sede de la Asociación de Trabajadores de la Educación de Sucre, en Sincelejo. La campaña sostuvo que no incumplió ninguna disposición, porque el encuentro tuvo carácter privado y reunió a sectores vinculados con el equipo regional.

Sin embargo, la polémica aumentó cuando circularon en redes sociales imágenes y videos de otros encuentros asociados a la misma campaña. En TikTok apareció una invitación de Aida Quilcué a un evento en Yopal, Casanare, dirigido a organizaciones campesinas. De acuerdo con los registros difundidos, el recinto terminó lleno y varios actores políticos compartieron videos del encuentro.

También circularon publicaciones identificadas como cierres de campaña en Sucre, relacionadas con el evento realizado en la sede de Ades. Hasta ahora, no existe una aclaratoria pública suficiente sobre si esa convocatoria tuvo un acceso restringido o si funcionó como una actividad abierta. Esa falta de precisión alimenta la controversia y deja a las autoridades ante la necesidad de revisar los hechos con mayor detalle.

Expertos dividen criterios sobre vacíos normativos y control institucional

El exregistrador delegado para lo electoral Alfonso Portela considera que el caso evidencia vacíos normativos que vienen desde la Ley de Garantías de 2005. Según su análisis, esa legislación nació en un contexto específico: la reelección presidencial. Por eso, algunas disposiciones no responden con claridad a escenarios actuales de campaña, especialmente cuando las actividades políticas mezclan reuniones privadas, convocatoria sectorial y alta asistencia.

Portela explica que la discusión jurídica gira en torno a la definición de acto público. La norma no fija una métrica concreta sobre el número de asistentes ni establece un criterio único para diferenciar un encuentro privado de uno público. Esa ausencia permite interpretaciones distintas y complica la tarea de quienes deben evaluar posibles infracciones.

Aun así, el exregistrador marca una diferencia importante. Cuando una campaña utiliza espacios abiertos al público o escenarios de amplia convocatoria, las autoridades deben examinar con más rigor el carácter del evento. Desde esa perspectiva, los alcaldes tienen un papel inicial determinante, porque pueden impedir o cancelar actividades que contraríen las restricciones vigentes, en coordinación con el Código Nacional de Policía y Convivencia.

El analista político Carlos Arias plantea una visión más dura. Para él, no existe un vacío jurídico frente a los hechos denunciados. Su lectura apunta a una falla de vigilancia y control. Según esa posición, las normas ya establecen límites claros, pero las instituciones no actúan con la fuerza necesaria para prevenir o sancionar conductas que puedan alterar la equidad de la competencia.

El analista Yann Basset también considera que la discusión sobre el “recinto cerrado” puede convertirse en un tecnicismo. Desde su perspectiva, la norma prohíbe los eventos públicos durante la semana previa a las elecciones y, por tanto, el Consejo Nacional Electoral debería pronunciarse cuando aparezcan indicios de incumplimiento. El debate, entonces, se traslada al terreno de la aplicación efectiva de la regla y no solo a su redacción.

El procurador Gregorio Eljach, por su parte, introdujo otro elemento en la discusión al señalar que la asistencia masiva no elimina necesariamente el carácter privado de un evento. Esa afirmación muestra la complejidad del caso: una reunión puede desarrollarse en un lugar cerrado, contar con muchos asistentes y, aun así, requerir un análisis adicional sobre su forma de convocatoria, acceso y finalidad política.

Contratación estatal y participación de funcionarios amplían la controversia

La discusión por las garantías no se reduce a los actos de campaña. Las tensiones también llegaron a la Comisión Nacional de Seguimiento Electoral, donde varias campañas expresaron preocupación por presuntos desequilibrios en la contienda y por la participación política de funcionarios públicos.

La candidata presidencial Claudia López asistió a la sesión y cuestionó la falta de controles claros frente a episodios relacionados con comentarios del presidente Gustavo Petro sobre la elección. Para algunos sectores, esas intervenciones pueden afectar la neutralidad institucional que debe regir durante una campaña presidencial.

Portela recuerda que la Ley de Garantías de 2005 regula principalmente restricciones sobre contratación estatal, modificación de nómina y vinculación de personal. Sin embargo, el marco actual deja buena parte de la intervención política de funcionarios bajo las reglas del Código Disciplinario. Esa separación normativa puede generar dificultades cuando los hechos combinan discurso político, uso de investidura pública y efectos sobre la campaña.

El aumento de la contratación estatal antes de la vigencia plena de las restricciones también elevó las alertas. De acuerdo con la información citada, en el último enero del gobierno Petro se firmaron 164.813 contratos, más del 95 % mediante contratación directa por prestación de servicios. Para críticos del proceso, ese volumen exige una revisión cuidadosa porque la Ley de Garantías busca impedir que el Ejecutivo influya en la competencia electoral mediante recursos públicos.

No obstante, Basset advierte que endurecer aún más las restricciones puede afectar el funcionamiento normal del Estado. Desde su punto de vista, la ley ya impone límites amplios y cualquier reforma debe evitar que la administración pública quede paralizada en periodos electorales.

La controversia deja una conclusión central: el cierre de campaña presidencial puso a prueba la capacidad de las instituciones para aplicar reglas existentes, resolver interpretaciones jurídicas y garantizar condiciones equilibradas para todos los competidores. Más que una discusión puramente técnica, el debate refleja una preocupación política de fondo: que la ciudadanía llegue a las urnas con confianza en la neutralidad del Estado y en la limpieza de la contienda.

Con información de El Tiempo

 

 

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