¿Puede el Gobierno mantener el mismo salario mínimo tras la orden del Consejo de Estado? Claves jurídicas del nuevo decreto

Parece haber consenso en el Comité Tripartito para mantener el mismo aumento del 23 %

A mes y medio de haber entrado en vigencia el salario mínimo de 1’750.000 pesos —que asciende a 2 millones con el auxilio de transporte— el debate jurídico sobre su legalidad toma un nuevo rumbo. Lo que comenzó como una decisión unilateral del Gobierno, ampliamente cuestionada por apartarse de los parámetros técnicos tradicionales, ahora parece contar con un respaldo mayoritario en la mesa tripartita integrada por empresarios, sindicatos y Ejecutivo.

La orden del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el decreto que fijó el incremento del 23 % obligó a replantear el procedimiento. El alto tribunal exigió que cualquier acto transitorio respetara los criterios establecidos por la ley. En ese contexto, surge la pregunta central: ¿es jurídicamente viable que el Gobierno expida un nuevo decreto manteniendo exactamente el mismo monto?

Del desacuerdo inicial al consenso actual

En diciembre pasado, el aumento generó fricciones porque superó ampliamente las cifras propuestas durante la negociación. Mientras el sector empresarial planteaba un 7 % y los trabajadores sugerían un 16 %, el presidente Gustavo Petro firmó un incremento del 23 %, sustentado en el concepto de salario vital.

Esa decisión fue adoptada sin consenso y con cuestionamientos sobre el cumplimiento de variables macroeconómicas como inflación, productividad y crecimiento del PIB. La falta de acuerdo fue uno de los elementos que pesaron en la decisión judicial de suspender el acto administrativo.

Hoy el escenario luce distinto. Tras varias quincenas con el nuevo ingreso en vigor, el comité tripartito parece coincidir en mantener el monto. Ese aval conjunto podría convertirse en el soporte jurídico que no existía en diciembre.

El peso del acuerdo tripartito

El auto del Consejo de Estado que ordenó la suspensión dejó claro que el aumento provisional debía cumplir con los parámetros legales. Uno de ellos es precisamente la participación efectiva de la mesa de concertación. Fuentes cercanas al alto tribunal sostienen que la existencia de un acuerdo formal podría otorgar viabilidad jurídica al decreto transitorio.

No obstante, el consenso actual tiene un matiz particular. La principal razón por la que empresarios y sindicatos no lograron acuerdo en diciembre fue el énfasis exclusivo en el salario vital, que relegó otros indicadores económicos. Ahora, el aumento ya se encuentra operando y ha generado un efecto jurídico relevante: se consolidó como un derecho adquirido para millones de trabajadores.

Reducir el monto podría interpretarse como una desmejora en la capacidad adquisitiva, lo que abriría la puerta a acciones de tutela y eventuales demandas ante la Corte Constitucional. Este factor ha influido en la postura de los actores involucrados y explica por qué, en esta ocasión, el consenso resulta más factible.

Derechos adquiridos y posibles controversias

El principio de progresividad en materia laboral implica que las condiciones salariales no pueden retroceder sin una justificación sólida. Una eventual disminución del ingreso mínimo no solo tendría implicaciones económicas, sino también constitucionales.

En este sentido, mantener la cifra mediante un decreto transitorio podría evitar litigios inmediatos y ofrecer estabilidad mientras el Consejo de Estado resuelve de fondo la controversia. La diferencia con el acto inicial radicaría en la existencia de un respaldo formal del comité tripartito, lo que modificaría la evaluación sobre el cumplimiento de requisitos legales.

Lo que sigue en el proceso judicial

El alto tribunal deberá tramitar los recursos anunciados por el Gobierno contra el auto que suspendió el decreto original. Entre ellos figuran una solicitud de aclaración y un recurso de súplica. Mientras estas actuaciones no se resuelvan, la orden judicial no quedará en firme, lo que podría extender el trámite durante varias semanas.

Posteriormente, el Consejo de Estado analizará en profundidad la legalidad del incremento y emitirá una sentencia definitiva. Si decide anular el decreto, la determinación no afectaría los salarios ya pagados, pero establecería un precedente para futuros ajustes.

Por ahora, el Ejecutivo apuesta por un nuevo acto administrativo que conserve el 23 % con respaldo tripartito. La discusión ya no se centra únicamente en la cifra, sino en la fórmula jurídica que permita sostenerla frente al control judicial. En ese delicado equilibrio entre política salarial y legalidad institucional se definirá el rumbo del ingreso mínimo en Colombia.

 Con información de El Tiempo

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