
La renovación de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), acordada como uno de los primeros resultados del diálogo entre la Asamblea Nacional electa en 2015 y el régimen chavista, abre un nuevo debate sobre la independencia del Poder Judicial y las posibles responsabilidades de los actuales integrantes del máximo tribunal.
Abogados constitucionalistas consideran que la designación de nuevos magistrados puede convertirse en un paso importante para recuperar la separación de poderes y establecer condiciones para una eventual transición democrática en Venezuela.
El constitucionalista Juan Carlos Apitz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), calificó el proceso como una oportunidad para que los venezolanos puedan contar con un TSJ integrado por magistrados independientes e imparciales.
A su juicio, los nuevos integrantes deberán garantizar la separación de poderes, defender el Estado de Derecho y asegurar que el poder público actúe conforme a la Constitución y las leyes. También planteó que la renovación debería extenderse al resto de las autoridades y jueces del sistema judicial.
Apitz destacó además la importancia de que la ciudadanía supervise el proceso de selección para garantizar la transparencia y la legalidad de los nombramientos.
Por su parte, el abogado constitucionalista y profesor de la Universidad del Zulia (LUZ), Juan Berríos, coincidió en que la renovación representa una oportunidad para recuperar la confianza en el Poder Judicial, aunque advirtió que los nuevos magistrados deben mantenerse alejados de intereses partidistas.
Así sería el proceso de selección
Berríos explicó que el procedimiento comienza con el nombramiento, por parte de la Asamblea Nacional, de un Comité de Postulaciones Judiciales, integrado por cinco diputados y seis representantes de la sociedad civil.
El comité debe convocar a los aspirantes, quienes tendrán un plazo máximo de 30 días para presentar sus postulaciones, bien sea por iniciativa propia o respaldados por instituciones jurídicas.
Posteriormente, se publicará la lista de candidatos y se abrirá un período de 15 días para presentar observaciones. Los postulados que sean impugnados deberán ser notificados dentro de los ocho días continuos siguientes.
Luego se desarrolla la etapa de preselección mediante un baremo, proceso que incluso puede incluir una segunda evaluación.
La elección requiere inicialmente el respaldo de las dos terceras partes de la Asamblea Nacional. Sin embargo, el artículo 30 de la Ley Orgánica del TSJ establece que, si después de una tercera votación no se alcanza esa mayoría, los magistrados pueden ser escogidos mediante mayoría simple.
¿Debe reducirse el número de magistrados?
El TSJ está conformado actualmente por 32 magistrados, aunque desde la mesa de diálogo no se ha precisado si esa cantidad será modificada.
Apitz considera conveniente reducir el número a unos 20 integrantes. Según explicó, el incremento de magistrados no estuvo acompañado de una justificación basada en un estudio sobre las necesidades del tribunal.
El abogado sostuvo que el aumento respondió, a su juicio, a la necesidad del chavismo de disponer de más cargos para distribuir, en lugar de responder a una razón constitucional.
Independencia frente a los magistrados salientes
Uno de los principales interrogantes es qué ocurrirá con los actuales magistrados del TSJ frente a los señalamientos formulados por dirigentes opositores y sectores de la sociedad civil.
Los funcionarios han sido acusados, entre otros hechos, de haber respaldado la permanencia de Nicolás Maduro en el poder tras las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024.
Apitz sostuvo que los nuevos magistrados deben tener libertad para actuar conforme a la Constitución y las leyes, sin recibir instrucciones sobre las decisiones que deban tomar.
“Como magistrado, nadie me puede decir lo que puedo o no debo hacer. Un magistrado se debe a la Constitución y su conciencia”, afirmó.
El constitucionalista también cuestionó que los actuales integrantes del TSJ no hayan mostrado el expediente mediante el cual se declaró ganador a Maduro en las presidenciales de 2024 y afirmó que tampoco se ha hecho público el contenido de la demanda relacionada con ese proceso.
Además, señaló a los magistrados salientes por su actuación frente a la permanencia de Delcy Rodríguez en la Presidencia de la República.
Apitz argumentó que, según los artículos 233 y 234 de la Constitución, la ausencia temporal del presidente tiene una duración de 90 días y puede ser prorrogada por otros 90 días por la Asamblea Nacional. Según su interpretación, esa prórroga no se produjo.
A partir de ese planteamiento, sostuvo que los primeros 90 días vencieron el 3 de abril y que, al no haberse producido la prórroga, comenzó a correr un nuevo plazo de 30 días para convocar elecciones presidenciales. Según su interpretación, al cumplirse ese período el 3 de mayo, Delcy Rodríguez dejó de tener fundamento constitucional para continuar ejerciendo la Presidencia.
La renovación del TSJ deberá definir, además de su nueva composición, el grado de independencia con el que sus integrantes asumirán las decisiones que correspondan frente a los señalamientos existentes contra la actual cúpula judicial.




