El gobierno de Estados Unidos anunció una modificación trascendental en la tramitación de visas no inmigrantes. A partir del 6 de septiembre de 2025, quienes aspiren a viajar por negocios, turismo, estudios o empleo temporal deberán comprobar que residen en el país donde presenten su solicitud. Esta disposición elimina la práctica de programar entrevistas en consulados de terceros países para acelerar procesos, generando preocupación entre viajeros frecuentes y operadores turísticos.
Requisito clave: residencia en el país de la cita
El Departamento de Estado informó que los postulantes de visas B1/B2 —utilizadas para negocios y turismo—, así como de categorías estudiantiles (F, M, J) y laborales temporales, tendrán que gestionar el trámite en la embajada o consulado del país de nacionalidad o residencia legal.
La autoridad advirtió que intentar agendar entrevistas fuera de ese territorio podría dificultar la aprobación e incluso conducir a la negación del visado. Además, las tarifas abonadas no serán reembolsadas ni transferibles, lo que incrementa el riesgo económico para quienes busquen atajos.
Para los solicitantes, la medida implica reorganizar agendas y reunir documentos que acrediten residencia legal, como contratos de arrendamiento, visas de residencia o comprobantes de servicios. La industria turística, por su parte, teme mayores demoras en la asignación de citas consulares, lo que podría reducir la llegada de visitantes internacionales. Estudios recientes ya anticipaban una posible caída en el flujo de turistas para 2025, atribuida a factores como demoras migratorias y cambios de política; este nuevo requisito podría profundizar esa tendencia.
Razones detrás de la decisión oficial
Según el comunicado estadounidense, el objetivo es unificar y ordenar los procesos, evitar desigualdades entre aspirantes y reforzar la seguridad en la adjudicación de visas. La administración enmarca la medida en un plan más amplio de revisión de políticas consulares iniciado en 2024, que busca asegurar que cada solicitud se evalúe en la oficina con jurisdicción sobre el lugar de residencia del postulante.
Las excepciones serán limitadas y evaluadas caso por caso, reservadas para emergencias médicas, razones humanitarias o situaciones de política exterior.
Recomendaciones para ciudadanos colombianos y de otros países
Quienes deseen viajar a Estados Unidos deberán verificar la embajada o consulado competente en su país de residencia y preparar la documentación que demuestre su estancia legal. En el caso de los colombianos, se aconseja ingresar al portal oficial de la embajada estadounidense en Bogotá para obtener información actualizada y evitar la pérdida de tasas ya pagadas.
Planificar con antelación y no depender de citas en naciones vecinas será esencial para reducir contratiempos y gastos innecesarios.
Con información de El Tiempo


