
El Gobierno del presidente Gustavo Petro formalizó este miércoles un recurso de súplica ante el Consejo de Estado para controvertir la suspensión provisional del decreto que fijó en 23 % el aumento del salario mínimo para 2026. La impugnación fue radicada a las 4:31 p. m., en la antesala de las marchas convocadas por el mandatario, y marca un nuevo episodio en el debate jurídico que enfrenta al Ejecutivo con el alto tribunal.
El incremento, decretado a finales de diciembre de 2025 tras no alcanzarse consenso en la mesa de concertación entre sindicatos y empresarios, llevó el salario mínimo legal mensual vigente a aproximadamente 1.750.905 pesos, más auxilio de transporte. Sin embargo, el pasado 13 de febrero, la Sección Segunda del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Juan Camilo Morales, admitió una demanda de nulidad y ordenó la suspensión provisional del acto administrativo.
La decisión judicial que encendió la controversia
El tribunal consideró que el Gobierno no sustentó de manera suficiente el aumento con los criterios técnicos exigidos por la Ley 278 de 1996. Esta norma establece que el ajuste anual debe contemplar variables como inflación, productividad y crecimiento económico. Según el auto, el Ejecutivo habría fundamentado principalmente su determinación en el concepto de “salario mínimo vital”, parámetro que, a juicio de los magistrados, no puede ser el único soporte para definir el incremento.
La medida cautelar adoptada implica que el decreto queda sin efectos mientras se estudia de fondo la legalidad del aumento. No obstante, el impacto práctico inmediato es limitado, pues el Gobierno anunció que expedirá un acto transitorio para mantener el monto vigente mientras avanza el proceso judicial.
Los argumentos del recurso de súplica
En el documento de 28 páginas, firmado por representantes de los ministerios del Trabajo y Hacienda, el Departamento Administrativo de la Presidencia y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, el Ejecutivo solicita revocar el auto por considerar que excede los límites del poder cautelar.
El recurso sostiene que la decisión judicial no se limitó a un análisis preliminar orientado a preservar la eficacia de una futura sentencia, sino que adoptó una medida de máxima intensidad que, en la práctica, reconfigura el régimen jurídico del salario mínimo de forma anticipada. Para el Gobierno, ello equivale a un pronunciamiento adelantado sobre el fondo del litigio.
Entre los argumentos expuestos se señala que el Consejo de Estado habría desconocido el estándar del artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), al fundamentar la suspensión en una controversia interpretativa y no en una infracción evidente. Asimismo, se advierte que la medida cautelar adoptada desborda su función conservativa y afecta el principio de no prejuzgamiento.
El Ejecutivo también cuestiona un presunto déficit de motivación y de ponderación de intereses en tensión, además de una posible injerencia indebida en la competencia del Gobierno para fijar la política económica.
Debate sobre separación de poderes
El recurso solicita examinar si la decisión judicial respetó el principio de separación de poderes. Para el Ejecutivo, la suspensión implica una sustitución regulatoria temporal que invade la órbita de competencias del Ejecutivo en materia salarial.
Este punto se convierte en el eje del pulso institucional: mientras el Consejo de Estado defiende su facultad de controlar la legalidad de los actos administrativos, el Gobierno argumenta que la medida cautelar altera el equilibrio entre ramas del poder público.
La controversia trasciende la cifra del incremento y se sitúa en el terreno de la arquitectura constitucional. La pregunta de fondo es hasta dónde puede llegar el control judicial cuando se trata de decisiones de política económica.
Lo que viene para trabajadores y empleadores
Mientras se resuelve el recurso de súplica y el tribunal estudia la demanda de nulidad, la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales continúa deliberando. El Ejecutivo anunció que se basará en esas discusiones para emitir un decreto transitorio que mantenga el salario en 1.750.905 pesos, más el auxilio de transporte, hasta que exista un fallo definitivo.
Para los trabajadores no habrá cambios inmediatos en su ingreso mensual. Sin embargo, el desenlace del proceso podría sentar un precedente sobre la forma en que se fijan los aumentos salariales y el alcance del control judicial en decisiones económicas de alto impacto.
El Consejo de Estado deberá ahora pronunciarse sobre el recurso presentado por el Gobierno. La resolución marcará el rumbo de un debate que combina técnica jurídica, política económica y equilibrio institucional en un momento de alta sensibilidad social.
Con información de El Tiempo


